Esta Comisión sustituye a la de Pueblos Indígenas, con la intención de armonizar su denominación y sus atribuciones con la norma constitucional general.
De esta manera, el Congreso de Michoacán responde a la necesidad de reconocer y atender a la población afromexicana, como parte de la diversidad cultural que conforma nuestro estado y con ello contribuir a la reducción de las desigualdades estructurales que históricamente han padecido las comunidades afrodescendientes.
El dictamen presentado por las Comisiones Unidas de Régimen Interno y Prácticas Parlamentarias, destaca la necesidad de reformar la norma interna, atendiendo a lo dispuesto en la CPEUM, que reconoce a los pueblos y comunidades afromexicanas como sujetos de derecho y como parte de la composición pluricultural de la nación mexicana.
En ese sentido, la Comisión será integrada preferentemente por personas que se auto adscriban como indígenas o afromexicanas; que pertenezcan a una de esas comunidades; que tengan experiencia en la materia o sean electos de distritos electorales con presencia de esos sectores.
Entre sus atribuciones, está el promover el respeto, garantía, promoción, defensa, preservación o desarrollo de los derechos y cultura de los pueblos y comunidades indígenas y afromexicanos; así como generar espacios de diálogo y de intercambio con las instancias gubernamentales, académicas, organizaciones de la sociedad civil, organizaciones no gubernamentales, nacionales e internacionales.
Asimismo, se reforma la Ley para la Conservación y la Sustentabilidad Ambiental, con la finalidad de que la presidenta de la Comisión de Derechos Indígenas y Afromexicanas se integre al Consejo Estatal de Ecología, para colaborar en el diseño, ejecución y evaluación de las políticas, programas y acciones públicas en materia de protección al ambiente y de desarrollo sustentable del Estado