La Fiscalía General del Estado de Michoacán (FGE) logró, mediante acuerdo reparatorio, pago por concepto de reparación del daño en favor de una víctima de Lesiones Dolosas.
El día 25 de septiembre del año 2021, María Jesús C., se percató de que un camión bloqueaba la entrada de su domicilio, por lo que solicitó a María Lourdes S., y a Paola Z., que movieran la unidad que obstruía el paso, pero comenzaron a discutir con la agraviada y la golpearon.
Estos hechos fueron denunciados ante la Fiscalía Regional de Morelia que llevó a cabo las actuaciones correspondientes, que permitieron establecer la posible participación de la investigada en el delito, por lo que fue conducida ante el Juez de Control.
Antes de celebrarse la audiencia inicial, se les informó a las partes, de la posibilidad de suscribir un acuerdo reparatorio, mismo que fue aprobado por la autoridad jurisdiccional y que será cumplido de manera diferida, generándose el pago de la reparación del daño
El Artículo 186 del Código Nacional de Procedimientos Penales (CNPP), establece que los acuerdos reparatorios son aquellos celebrados entre la víctima u ofendido y el imputado que, una vez aprobados por el Ministerio Público o el Juez de Control, y cumplidos en sus términos, tienen como efecto la extinción de la acción penal.
La FGE, refrenda su compromiso de hacer valer las disposiciones establecidas en el Sistema de Justicia Penal, para que las víctimas de un delito ejerzan su derecho de acceder a la justicia y a la reparación del daño.