JORNADA DE RESISTENCIA Y LUCHA POR LA AUTONOMÍA DE JARÁCUARO Y DE ZACÁN CSIM
A LOS PUEBLOS Y COMUNIDADES ORIGINARIAS
A LOS MEDIOS DE COMUNICACIÓN
AL PUEBLO DE MICHOACÁN
AL ESTADO MEXICANO
Comunidades Purhépechas a 18 de abril del 2022
Keri Kunkorhekua Iretecheri, el Consejo Supremo Indígena de Michoacán CSIM, Consejo Libre y Autónomo de los Pueblos Originarios de Michoacán, independiente de gobiernos, partidos políticos y órdenes religiosas, Asamblea General Autoridades Indígenas, declaramos conjuntamente lo siguiente: Consejos de Gobierno Comunal, Jefes de Tenencia, Comisariados Ejidales y Comunales, Jueces Tradicionales y Rondas Comunales integrados en el Consejo Supremo Indígena de Michoacán #CSIM en ejercicio del derecho de protesta y en una decisión de Asamblea General de Autoridades, tomamos el día de hoy 5 carreteras federales en Michoacán en apoyo total a los procesos de Autonomía, Autodeterminación y Autogobierno de las Comunidades Purhépecha de Jarácuaro y de Zacán.
Carreteras bloqueadas y manifestaciones realizadas por comuneras y comuneros:
1.- Carretera Cheran-Zamora a la altura de Zopoco
2.- Carretera Pátzcuaro-Uruapan a la altura de San Juan Tumbio.
3.- Carretera Paracho-Uruapan a la altura de Paracho.
4.- Autopista Morelia-Lázaro Cárdenas a la altura de Caltzontzin.
5.- Carretera Uruapan-Apatzingán, a la altura de Zumpimito
6.- Manifestación en el Poder Judicial de la Federación en Morelia.
1.- Respeto de la Juez Primero de Distrito del Décimo Primer Circuito Katia Orozco Alfaro a los derechos de los pueblos indígenas y al proceso de autonomía de Jarácuaro.
2.- Juicio Político para el Presidente Municipal de Erogarícuaro Juan Calderón Castillejo por transgredir los derechos humanos de los pueblos indígenas y por impulsar la violencia y grupos de choque en la comunidad de Jarácuaro, lo hacemos directamente responsable de los actos de agresión y amenazas en contra de los compañeros de la comunidad que impulsan la autonomía.
3.- El inicio de los trabajos por parte del Instituto Electoral de Michoacán (IEM) para la consulta libre, previa, informada y vinculatoria de la Comunidad de Zacán para que decida si desean ser autónomos.
4.- Destitución de Celerino Felipe Cruz del Instituto Nacional de los Pueblos Indígenas (INPI) por retrasar por dolo o incompetencia la entrega de constancias de comunidades indígenas autónomas, requisito necesario para obtener el presupuesto directo, así como por transgredir la Ley Orgánica Municipal y tomarse atribuciones que no le corresponden al reconocer a Jefes de Tenencia de las Comunidades de Jarácuaro y de Zirahuén.
¡Respaldo Total a la Lucha por la Autonomía de las Comunidades de Jarácuaro y Zacán!
TERUNHASKUA K OIA, ECHERI KA JURAMUKUKUA IAMENTU IRETECHANI
JUSTICIA, TERRITORIO Y AUTONOMÍA PARA LOS PUEBLOS ORIGINARIOS
CONSEJO SUPREMO INDÍGENA DE MICHOACÁN #CSIM