La eutanasia en plena pandemia: ¿Derecho o retroceso histórico? Por Julio Sánchez Fierro

Por: Agencia y Redacción de Poder Plurlidad Política

La eutanasia en plena pandemia: ¿Derecho o retroceso histórico? Por Julio Sánchez Fierro

Articulo de Opinión de Julio Sánchez Fierro

La eutanasia en plena pandemia: ¿Derecho o retroceso histórico?    Por Julio  Sánchez Fierro

Al comienzo de la actual legislatura la llamada eutanasia ya apareció incluida en la agenda del Gobierno. No obstante, durante un cierto tiempo el Proyecto de Ley ha permanecido en un discreto segundo plano político dado el impacto social que su tramitación habría generado en una situación sanitaria marcada por el dramático descontrol de la pandemia y por la acumulación de muertos (más de 50.000 según los datos más probables).
Pues bien, estamos ya en la segunda ola de la covid-19 y la tasa diaria de fallecidos sigue siendo muy elevada. Se están repitiendo cifras similares a las de abril.
Sin embargo, la presión política (desde luego, no la opinión pública) ha llevado a reactivar el Proyecto de Ley del “derecho a morir” y la correspondiente Ponencia en el Congreso de los Diputados ha aprobado un texto, dando así paso a la ulterior tramitación para su conversión en texto legal.
Por el momento, no se ha visto a ninguno de los defensores del suicidio asistido haciendo gala de su gran “éxito”.

Una primera valoración del texto de la Ponencia permite señalar, entre otras cosas, lo siguiente:
  • Primero, elude por completo referirse al artículo 15 de nuestra Constitución que proclama rotundamente el derecho a la vida, absolutamente opuesto al supuesto “derecho a morir”.
  • Segundo, mira para otro lado para evitar decir que el artículo 43 de la Constitución española establece el derecho de los ciudadanos a que se proteja su salud y ordena a los poderes públicos que así lo hagan. Ayudar al suicidio está en el polo opuesto.
  • Tercero, no contempla, como alternativa a la eutanasia, ofrecer a las personas que se encuentran en una situación de  extrema fragilidad la prestación de cuidados paliativos ni  tampoco tiene en cuenta la amplia reivindicación de reforzarlos dentro del sistema sanitario público.
  • Cuarto, a pesar de que el Código de Deontología Médica ordena al médico no dañar y de que la Asamblea Medica Mundial se ha pronunciado inequívocamente en este mismo sentido, coloca a los médicos que no quieran secundar la práctica de la eutanasia ni incumplir el juramento hipocrático en una posición intolerable: asumir si o si  la obligación de inscribirse en un Registro oficial como si su posición en favor de la vida y contraria a la eutanasia debiera ser la excepción y no la regla general para todos los médicos.
  • Quinto, pretende la Ponencia “normalizar”, socialmente la eutanasia hablando, considerándola como “muerte natural”.
  • Sexto, son más que endebles las garantías que se prevén para las personas con discapacidad intelectual y para los menores.
Otros aspectos regulatorios y procedimentales del texto de la Ponencia también son susceptibles de mejora, pero tienen una relevancia menor comparados con el núcleo del Proyecto de Ley: proclamar un supuesto “derecho” a morir.



Sus conclusiones son inequívocamente contrarias a la eutanasia como derecho subjetivo y como prestación pública por razones fundadas en la ética de la vida y de la dignidad de las personas.
El mensaje del Comité de Bioética es muy claro: “el deseo de una persona de que un tercero o el propio Estado acabe con su vida, directa o indirectamente, en aquellos casos de gran sufrimiento físico o psíquico debe ser siempre mirado con compasión”, pero “ la compasión no legitima ética ni legalmente una solicitud que no encuentra respaldo en una verdadera autonomía, atendido el contexto actual de los cuidados paliativos y sociosanitarios”.
En suma, el Comité de Bioética de España proclama que “legalizar la eutanasia y/o el auxilio al suicidio supone iniciar un camino de desvalor de la protección de la vida humana” y que “no son signos de progreso sino un retroceso de la civilización”
En todo caso, es más que probable que, si el Proyecto de Ley no experimenta cambios sustanciales, el Tribunal Constitucional deba pronunciarse sobre tan controvertida cuestión.

Artículo de opinión de Julio Sánchez Fierro, abogado y doctor en Ciencias de la Salud

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