La Comisión de Puntos Constitucionales en la LXXIV Legislatura en el Congreso del Estado dio el ha lugar a la iniciativa que presentó la diputada Lucila Martínez Manríquez, mediante la cual se reconoce la facultad jurisdiccional de los jueces en materia administrativa, sujetando esto, con los principios de igualdad, publicidad audiencia y legalidad.
La diputada celebró que se dictaminara procedente su propuesta y declarara el ha lugar para admitir a discusión, la iniciativa con proyecto de decreto por el que se reforma el primer párrafo del artículo 95 de la Constitución Política del Estado de Michoacán.
Su propuesta explicó, tiene como objetivo otorgar facultades desde la Constitución a los jueces administrativos y fortalecer sus atribuciones, lo cual se traduce en beneficios para las y los michoacanos.
En la exposición de motivos de la propuesta de Lucila Martínez, señala que el Tribunal de Justicia Administrativa del Estado, será órgano autónomo, independiente en sus resoluciones y de jurisdicción plena en materia administrativa con sujeción a los principios de igualdad, publicidad, audiencia y legalidad. Se integrará por cinco magistrados, de entre los cuales uno será presidente electo por sus pares, en los términos que disponga la ley, y se agrega, así como por los Jueces Administrativos que designe el Pleno.
En el año 2007 se creó el Tribunal de Justicia Administrativa como un órgano autónomo de control de legalidad, dotado de plena competencia y jurisdicción para dirimir las controversias de carácter administrativo y fiscal que se susciten entre las autoridades administrativas y fiscales y los particulares.
Anteriormente el artículo 95 de la Constitución Política del Estado, disponía que el Tribunal de Justicia Administrativa se integraba por tres magistrados, pero tras la implementación del Sistema Estatal Anticorrupción en el año 2017, fue necesaria la inclusión de dos Magistrados especializados en materia anticorrupción y responsabilidades administrativas.
En ese contexto y con el propósito de fortalecer el órgano judicial, la pasada legislatura reformó diversas disposiciones del Código de Justicia Administrativa del Estado, con la finalidad de crear la figura de los Jueces Administrativos del Tribunal, quienes tienen la atribución de dirimir controversias administrativas en primera instancia, y la creación de la segunda instancia, a través del recurso de apelación, con la finalidad de que los particulares puedan recurrir las sentencias, en los casos en que convenga a sus interés.
Por lo anterior, resulta fundamental dicha reforma que Lucila Martínez plantea, para dotar de asidero constitucional a los jueces administrativos, con la finalidad de actualizar el marco normativo para que no existan vacíos legales que puedan generar problemas a posteriores.
Dicha reformas son urgentes, ya que las resoluciones de los jueces administrativos pueden impugnarse, pues las partes pueden promover incidentes de nulidad de actuaciones o juicios de amparo.