La Comisión Nacional para Prevenir y Erradicar la Violencia contra las Mujeres emite su Postura sobre la Nueva Iniciativa de Reforma Respecto al Feminicidio

Por: Agencia y Redacción Poder Pluralidad Política

La Comisión Nacional para Prevenir y Erradicar la Violencia contra las Mujeres emite su Postura sobre la Nueva Iniciativa de Reforma Respecto al Feminicidio

El Feminicidio en México

La Comisión Nacional para Prevenir y Erradicar la Violencia contra las Mujeres emite su Postura  sobre la Nueva Iniciativa de Reforma  Respecto  al Feminicidio

La Comisión Nacional para Prevenir y Erradicar la Violencia contra las Mujeres se pronuncia a favor de que el feminicidio continúe como delito contemplado en la legislación mexicana, se persiga, investigue y castigue de acuerdo con los estándares más altos en la materia.

"Hoy, más que nunca, debemos seguir el trabajo y la lucha por el derecho de las niñas, adolescentes y mujeres a tener una vida libre de violencia.
Tal como lo ha manifestado el presidente de México, el feminicidio debe continuar en la ley, por lo que las autoridades que procuran e imparten justicia seguirán obligadas a investigarlo y sancionarlo.
Los feminicidios no son casos aislados, esporádicos o episódicos de violencia, sino que responden a una realidad estructural y a fenómenos sociales arraigados en las prácticas y mentalidades de la sociedad. 
Esta comisión nacional continuará con el mandato que, por ley y trabajo, se ha propuesto para garantizar a niñas, adolescentes y mujeres, una vida segura y libre de violencia" Comisión Nacional para Prevenir y Erradicar la Violencia contra las Mujeres.
Así como la CONAVIM otras muchas instituciones, organizaciones públicas y privadas se han manifestado con algún comunicado o pronunciamiento a cerca del Feminicidio y la propuesta del Fiscal Alejandro Hertz Manero y su Iniciativa De Reforma  a Cerca del Delito de Feminicidio. Tal es el caso de Claudia Sheinbaum, quien declaró  que NO está de acuerdo en que se elimine el feminicidio como delito, como lo propuso el titular de la Fiscalía General de la República (FGR), Alejandro Gertz Manero. La mandataria capitalina de CDMX  indicó que el término es un logro de la lucha contra la violencia hacia mujeres. “No estoy de acuerdo en eliminar el delito de feminicidio porque es una conquista de la lucha de las mujeres en contra de la violencia. "Además de que el feminicidio tiene una característica especial, ya que es un crimen de odio contra la mujer por ser mujer”, señaló.

¿Qué propone el fiscal Alejandro Hertz Manero con Respecto  al Feminicidio?

La FGR señaló en un comunicado que, en los últimos ocho años, el delito de feminicidio ha crecido en 137.5%, por lo que la intención de modificarlo es para que todos los casos se judicialicen y alcancen las penas más altas.
La Fiscalía explicó que actualmente en este delito se imponen siete condiciones, requisitos y circunstancias que “complican inútilmente su judicialización”, las cuales están establecidas de esta manera en el Código Penal federal:
  • Que la víctima presente signos de violencia sexual de cualquier tipo.
  • Que a la víctima se le hayan infligido lesiones o mutilaciones infamantes o degradantes, previas o posteriores a la privación de la vida.
  • Que existan antecedentes o datos de cualquier tipo de violencia en el ámbito familiar, laboral o escolar.
  • Que haya existido entre el agresor y la víctima una relación sentimental, afectiva o de confianza.
  • Que haya datos que establezcan que hubo amenazas relacionadas con el hecho delictuoso (feminicidio), acoso o lesiones del sujeto activo en contra de la víctima.
  • Que la víctima haya estado incomunicada, cualquiera que sea el tiempo previo a la privación de la vida.
  • Que el cuerpo de la víctima sea expuesto o exhibido en un lugar público.
Por ello, propone que sea considerado como feminicidio el "homicidio en contra de una mujer" y con penas más altas. Lo que quedaría establecido en el Código Penal Único que también propuso a los diputados de Morena la semana pasada. 
“Si, simplemente, se tipifica y se mantiene el delito de Feminicidio como un homicidio en contra de una mujer; este Feminicidio debe tener el agravante y la penalidad más alta, que debe ser de 40 a 70 años, (y) que es superior a la que actualmente se aplica en cualquier delito de homicidio calificado o agravado”, expuso el Fiscal.
Asimismo, defendió que la propuesta es en favor de las víctimas, para “que cuenten con un tipo penal sencillo, eficiente y de la más alta sanción, (y) lograr la defensa de su vida y la protección de su integridad. Si simplemente, se tipifica y se mantiene el delito de Feminicidio como un homicidio en contra de una mujer; este Feminicidio debe tener el agravante y la penalidad más alta, que debe ser de 40 a 70 años, (y) que es superior a la que actualmente se aplica en cualquier delito de homicidio calificado o agravado” Así mismo, defendió que la propuesta es en favor de las víctimas, para “que cuenten con un tipo penal sencillo, eficiente y de la más alta sanción, (y) lograr la defensa de su vida y la protección de su integridad.



¿Qué es el delito de feminicidio?

El feminicidio fue tipificado en México en 2012, pero fue hasta 2015 que se incluyó en los delitos contabilizados por el Secretariado Ejecutivo del Sistema Nacional de Seguridad Pública (SESNSP). Actualmente, está contemplado en los códigos penales de 28 estados.
En el Código Penal federal se establece que “comete el delito de feminicidio quien prive de la vida a una mujer por razones de género”, tomando en cuenta las circunstancias mencionadas. Las penas por este delito van de 40 a 60 años de cárcel, y si el feminicidio no se acredita, se aplicarán las sanciones para homicidio, cuya pena máxima es de 24 años de prisión.
En diciembre pasado, la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) ordenó a los ministerios públicos investigar con perspectiva de género todas las muertes violentas de mujeres; es decir, que las autoridades están obligadas a indagar hasta el último momento las posibles razones de género que pudieron motivar el crimen, tal como establece el propio Código Penal federal desde 2012.
Esta resolución fue motivada por casos como el de Mariana Lima Buendía, asesinada en 2010 por su esposo y cuya muerte se estableció inicialmente como suicidio, y el de Karla Pontigo , que según la Fiscalía de San Luis Potosí fue víctima de un "accidente desafortunado".

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