Las empresas deben garantizar los derechos humanos de sus trabajadores, e incluso del consumidor de sus productos; y para hacer realidad tal premisa en un país como el nuestro, es necesario que las legislaturas intervengan.
“No se trata de polarizar la relación entre una empresa, la sociedad y un Estado, porque todos son codependientes unos de otros”, sino de cumplir las responsabilidades competentes, señaló el magistrado presidente del Tribunal de Justicia Administrativa en el estado de Michoacán (TJAM), Sergio Mecino Morales.
Esto, durante la presentación del libro: “Ombudsman Corporativo. Reflexiones sobre derechos humanos y empresas”, del maestro Adalberto Méndez López, ayer en la Biblioteca Pública Universitaria de Morelia.
Hablamos de una obra cuyo tema plantea un nuevo paradigma en el orden jurídico, coincidieron Mecino Morales y los magistrados del TJAM Griselda Lagunas Vázquez y Arturo Bucio Ibarra, en el sentido de que:
“Deja atrás la teoría clásica de los derechos humanos que se construyó sobre la premisa de que el Estado era el único que podía vulnerar dichos derechos, y explica cómo otro tipo de sujetos, en este caso las corporaciones, también podían incurrir eventualmente en dichas violaciones”, indicó Lagunas Vázquez.
El autor, dijo la magistrada, “se pronuncia sobre la necesidad de contar con una adecuada regulación para proteger los derechos humanos” en el ámbito empresarial y, en esos términos, el magistrado presidente del TJAM añadió:
“Esperamos que la obra despierte interés en nuestros legisladores. Ojalá que puedan trabajar sobre esta materia”, pues ya no sólo el Estado, sino la empresa está obligada a respetar y garantizar los derechos humanos, dado su impacto el contexto económico y social de los países contemporáneos.
“La empresa fue creada, entre otros fines, para producir riqueza y quienes trabajan ahí obtienen, a la par del acceso al derecho humano al trabajo, también acceso a derechos fundamentales como la salud; pero todo ello debe estar basado en un tema fundamental, que es la dignidad de las personas”, indicó el magistrado Mecino.
De ahí que este libro “genere un punto de vista muy peculiar sobre el entendimiento del fenómeno jurídico” desde la base de los derechos humanos, comentó a su vez el magistrado Arturo Bucio Ibarra, y destacó que la materia, se relaciona incluso con las funciones actuales de un órgano jurisdiccional como el TJAM.
“El compliance (cumplimiento normativo) en materia de estos derechos, ya no es sólo una posibilidad de que las empresas establezcan programas para el apego a la norma, sino que es una herramienta, ante la expectativa de que los Tribunales de Justicia Administrativa del país estén en condiciones de sancionar al particular que esté vinculado con actos de corrupción graves”, señaló el magistrado.
Y el derecho mexicano ha comenzado a abrirse a estas posibilidades. Refirió el autor: esta materia ya ha sido llevada a Cortes en países como Estados Unidos, y tiene un desarrollo precedente en México, al menos desde el año 2000 en la Suprema Corte de Justicia de la Nación, y con leyes y códigos nacionales que señalan “sanciones para las empresas involucradas en actos de corrupción”.
Sin embargo, para su cumplimiento, “la regulación en esta materia se advierte indispensable”, advirtió el maestro Adalberto Méndez y, planteó la necesidad de que el orden jurídico nacional sea flexible, para que atienda una problemática importante en nuestro contexto actual.