Llama IMSS Michoacán a realizar trámite de pensión por viudez en forma oportuna

Por: Agencia y Redacción de Poder Pluralidad Política

Llama IMSS Michoacán a realizar trámite de pensión por viudez en forma oportuna

Instituto Mexicano del Seguro Social

Llama IMSS Michoacán a realizar trámite de pensión por viudez en forma oportuna

El Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS) en Michoacán realizó un llamado a las y los interesados en realizar el trámite de pensión por viudez en forma oportuna y a revisar con anticipación que su documentación esté completa y en regla para obtener dicha prestación en el tiempo establecido y evitar contratiempos.
La jefa del departamento de pensiones, dependiente de la Subdelegación Morelia, Karen  Martínez Guzmán, dio a conocer que, hasta cinco de cada diez interesados en realizar el trámite de pensión por viudez, tienen incompletos los requisitos o varios de ellos presentan inconsistencias en su documentación, lo que alarga la duración de aquel.
Expuso que ante el fallecimiento de un pensionado la viuda se hace acreedora a la continuación de dicha prestación económica, siempre y cuando presente los requisitos siguientes: acta de defunción del cónyuge, acta de nacimiento, CURP y credencial de elector de ambos, comprobante de domicilio y una cuenta bancaria para el depósito del recurso.
Dicho trámite debe realizarse en la ventanilla de prestaciones económicas de la clínica de adscripción del fallecido y, de estar completos y correctos los requisitos mencionados, en un plazo no mayor a los 20 días se tiene una respuesta positiva.
Sin embargo, especificó, en muchas ocasiones se presentan incompletos los requisitos o la documentación presenta inconsistencias tales como los nombres tanto del pensionado fallecido como de la cónyuge, por lo que es necesario acudir para estas correcciones ante las oficinas del Registro Civil correspondientes, lo que atrasa la obtención de dicho beneficio de pensión contenido en la Ley del Seguro Social.
Ejemplificó que la inconsistencia más frecuente es en la diferenciación del nombre del pensionado fallecido o de la viuda, en el acta de nacimiento y en la de matrimonio, siendo esa inconsistencia que debe ser corregida en otra instancia gubernamental y de lo que el IMSS no puede responsabilizarse.
Hizo un llamado a revisar con tiempo, en vida del pensionado, que los nombres de éste como de su esposa, estén correctos tanto en las actas de matrimonio y de nacimiento, así como en las credenciales de elector.
Dijo que la pensión por viudez es la de mayor demanda ante el IMSS, seguida de la pensión por cesantía o edad avanzada y enfermedad o invalidez, entre otras.
Martínez Guzmán, dijo que los beneficios de la seguridad social que otorga el IMSS van más allá de las prestaciones médicas en las clínicas o en los hospitales, sino que también se traducen en prestaciones económicas, tales como las pensiones, que, en este caso, benefician sobremanera a las cónyuges que han quedado solas ante el fallecimiento de su esposo pensionado.
Indicó que tal trámite ya se permite también para aquellos viudos ante el fallecimiento de su cónyuge pensionada.
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